ALCALDÍA LOCAL DE SANTA FE Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

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Política Pública de Participación


La ciudad cuenta con un Sistema de Participación desde el 2007 con el Decreto Distrital No. 448 y con una política pública desde el año 2011 mediante el Decre- to No. 503 DE 2011 “Por el cual se adopta la Política Pública de Participación Incidente para el Distrito Capital” de este documento, uno de los objetivos que queremos resalta por considerar que envuelve mejor la intención de la adminis- tración distrital es: art. 5 numera a) “Fortalecer la cultura democrática que le permita a la ciudadanía producir acuerdos, actuar colectivamente y participar en las decisiones públicas, mediante la materialización cotidiana de los principios democráticos; que incidan efectivamente en la decisión e implementación de las políticas públicas, la asignación de recursos públicos y la concreción de acciones inter y transectoriales, en el marco de programas y proyectos, en un modelo de gestión territorial integral con enfoque de derechos y perspectiva de género”. Ya con el Decreto 819 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. se Organiza el Siste- ma Local de Coordinación y Participación Ciudadana del Distrito Capital.

El Sistema Local de Coordinación y Participación Ciudadana del Distrito Capital, está configurado atendiendo las características de la ciudad con los objetivos definidos en el Artículo 2o del Decreto 819 de 2019 - Objetivos. Los objetivos del Sistema Local de Coordinación y Participación Ciudadana del Distrito Capital son:

A). Fortalecer la gestión conjunta y coordinada de las instancias de coordinación institucional y de participación ciudadana en el territorio, para garantizar la cohe- rencia de la intervención pública en la resolución de las problemáticas locales. B). Garantizar escenarios articulados de las instancias en las localidades, con el fin de generar una mayor incidencia de la participación ciudadana. C). Promover el uso eficiente de los recursos físicos y humanos de la Administración Distrital en las localidades del Distrito Capital.

 

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Instancias de participación
Para que este propósito se cumpla. Han sido años de construcciones y deconstrucciones que hoy nos da un marco normativo más robusto, y sobre el cual tanto la ciudadanía como la administración distrital y local, en el caso de la localidad de Santa Fe, pueden trabajar para la definición de planes, programas y proyectos de interés público y general, siempre bus- cando que el bienestar común sea el eje central de las discusiones y las concertaciones. Con la ley No. 1757 de 2015, “Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática” se sugiere la definición, promoción, diseño, seguimiento y evaluación de la política pública de participación ciudadana en cada territorio de Colombia, así como la articulación con el Consejo Nacional de Participación y de los territoriales